NUEVO ESTATUTO GENERAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA

El pasado 2 de marzo de 2.021, el Consejo de Ministros del Gobierno de España, aprobó el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española, cuya entrada en vigor se ha fijado para el próximo 1 de julio del de 2.021. 

En esta entrada, os facilitamos los puntos más destacados de este nuevo Estatuto centrado en la actualización y modernización de diferentes ámbitos de la abogacía en nuestro país. Entre estos puntos encontramos: 
 

– Por primera vez se exige el título de abogado para incorporarse a la profesión, en aplicación de la Ley de Acceso. 

– Prestación libre de servicios en todo el territorio nacional y europeo. 

– Desarrollo exhaustivo del derecho al secreto profesional, delimitándolo a las actuaciones propias del abogado. 

– Reconocimiento expreso a los colegios de la Abogacía para presentar denuncias ante el CGPJ cuando se producen reiterados retrasos injustificados en los juzgados y tribunales y cuando se produzcan conductas que afecten a la libertad o independencia de un letrado. 

– Regulación de la transparencia en la gestión y el funcionamiento de los Consejo y Colegios de la Abogacía. 

– Prestación de los servicios a través de medios telemáticos. 

– Formación continua de los profesionales de la Abogacía. 

Para más información detallada sobre este nuevo Estatuto podéis encontrar un resumen explicativo pinchando aquí.

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