ACTUALIZACIÓN DEL BAREMO DE ACCIDENTES DE TRÁFICO

El pasado 19 de febrero de 2021 se publicaba en el BOE la Resolución de 2 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

De este modo, los Presupuestos Generales del Estado, pendientes de aprobación, recogen un incremento del 0,9% para la revaloración de las pensiones, y siendo este el parámetro a tener en cuenta para la actualización de las las cuantías de las indemnizaciones en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico, si lo sumamos a las cuantías para el año 2020, ya tenemos la actualización del baremo de trafico para 2021.

Esto es así en virtud del artículo 49.1 del El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, que dispone: 

“Articulo 49.1. Actualizaciones

A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.”

Según este artículo, para realizar el cálculo correcto de una indemnización por lesiones sufridas en un accidente de tráfico, hay que tener en cuenta la fecha en que éste se produjo y en atención a esta fecha cuantificar el daño de acuerdo a la actualización de las cuantías para ese año, así viene recogido en Art. 38.1 ley 35/2015, que establece:

“Artículo 38. Momento de la determinación de las circunstancias para la valoración del daño.  

A los efectos de la aplicación de las disposiciones de esta Ley, y en defecto de regla específica que disponga otra cosa, el momento de determinación de la edad de la víctima y de los perjudicados, así como de sus circunstancias personales, familiares y laborales es el de la fecha del accidente”

Cuantías aplicables para 2021

De acuerdo lo anterior, las cuantías aplicables en concepto de lesiones temporales, en concreto perjuicio personal básico y perjuicio personal particular para el año 2021:

  • Día de perjuicio personal básico: 31,61 €
  • Día de perjuicio personal particular en grado de moderado: 54,78 €
  • Día de perjuicio personal particular en grado de grave: 79,02 €
  • Día de perjuicio personal particular en grado de muy grave: 105,35 €

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